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viernes, 29 de mayo de 2020

74722 LAS QUEJA


.LA QUEJA.

El municipio paga arrendamiento por locales de particulares mientras los inmuebles del municipio están en comodato.

Eso se hizo en las administraciones pasadas.

Y los concejos, pasado y presente, tan preocupados porque se protejan los dineros públicos, que hicieron al respecto?
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Vencimiento de términos. El 20 de agosto del año pasado el exmagistrado de la Corte Suprema Francisco Ricaurte  salió en libertad por haber pasado más de 240 días sin que se hubiera iniciado el juicio oral en su contra. El escrito de acusación contra el magistrado se presentó el 12 de diciembre de 2017, lo que quiere decir que ya habían pasado 616 días.

En primera instancia el juzgado 22 penal municipal le dio la razón a la Fiscalía pero, luego de 3 meses, en la apelación el juez 29 del circuito revocó la decisión y dejó en libertad a Ricaurte a pesar de que la Fiscalía dijo que esto se trató por dilaciones de la defensa.

Vencimiento de términos. En agosto del 2019 el juzgado 59 de garantías de Bogotá otorgó la libertad a César Mondragón a cofundador y exdirectivo de la firma Estraval que fue señalada de captar dinero de personas de forma ilegal a través de libranzas.

La juez avaló la solicitud de la defensa que había sido intentada en dos ocasiones anteriores: mayo de 2019 y septiembre de 2018. En ambas ocasiones fueron negadas pero a la tercera la juez consideró que el exempresario no debía seguir privado de la libertad aunque siga siendo parte del proceso.

Vencimiento de términos. En agosto del 2019 quedó en libertad el expresidente de Saludcoop Carlos Palacino, señalado por la Fiscalía de supuestos malos manejos de los recursos de los pacientes de la desaparecida EPS.

Un juez de Bogotá atendió la apelación de la defensa que había sido negada en primera instancia y consideró que, efectivamente, habían pasado más de 240 días después de formulada la acusación y aún no había iniciado e juicio oral en su contra.

La Fiscalía argumentó que 39 de los días habían pasado por dilaciones de la defensa pero los magistrados de Tribunal Superior de Bogotá consideraron que “aún con los 39 días de dilación atribuibles a la defensa, es claro que ya feneció el término máximo de vigencia de la medida de aseguramiento.”

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