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viernes, 27 de mayo de 2022

82702 LEY 51 DE 1940

LEY 51 DE 1940. (30 NOV 1940)

LEY 51 DE 1940 (noviembre 30)

por la cual se establece la fiesta de la agricultura y se dicta una disposición sobre cooperativas

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1° Establecer la fiesta de la agricultura que se celebrará anualmente en la ciudad que determine el Gobierno Nacional, de acuerdo con la Sociedad de Agricultores de Colombia.

PARÁGRAFO. Durante los dos primeros años la celebración de dicha fiesta se llevará a cabo en la ciudad de Palmira.

Artículo 2° En el año de 1941 se inaugurará dicha fiesta con una Gran Exposición Nacional de Agricultura, en el cual participarán todos los Departamentos e Intendencias y Comisarás del país.

Artículo 3° La organización y dirección de la fiesta de la agricultura y de la citada Exposición, estará a cargo de una Junta de cinco miembros designados así: tres por el Consejo de Palmira; uno por el Presidente de la República, y uno por la Gobernación del Valle del Cauca. Dicha Junta tendrá personería jurídica, y sus miembros servirán ad honórem y serán de libre nombramiento y remoción.

Artículo 4° Destinase la suma de cincuenta mil pesos ($50.000), por una solo vez, para auxiliar la Exposición, y de diez mil pesos ($10.000) anuales para la celebración de la fiesta, cantidades éstas que se incluirán en el Presupuesto Nacional, quedando el Gobierno plenamente autorizado para abrir los créditos respectivos.

Artículo 5° El Gobierno queda facultado para dictar las medidas que crea convenientes en desarrollo de esta Ley.

Artículo 6° La Nación, los Departamentos, Los Municipios y las demás entidades oficiales o semioficiales, contratarán con las Sociedades Cooperativas -en igualdad de condiciones, de calidad y precio con las ofertas de otros postores-la adquisición de las materias primas, los elementos de trabajo o de estudio, los productos o artículos que necesiten para su empleo o consumo y que constituyen el objeto de las actividades de dichas Cooperativas, siempre que éstas tengan personería jurídica y se hayan sometido a las normas del Gobierno, y que a juicio de éste presenten una organización satisfactoria, capaz de asegurar el cumplimiento de sus obligaciones,

PARÁGRAFO. Cuando las Cooperativas, por mora en los respectivos pagos, se ven obligadas a negociar los documentos representativos de las operaciones indicadas, serán de cargo de las correspondientes entidades oficiales o semioficiales, los descuentos, comisiones bancarias y demás gatos que implique la negociación.

Artículo 7° Esta Ley regirá desde su sanción.

Dada en Bogotá, a veinticinco de noviembre de mil novecientos cuarenta.

El Presidente del Senado, FRANCISCO ELADIO RAMÍREZ-

El Presidente de la Cámara de Representantes, FABIO LOZANO Y LOZANO  El secretario del Senado, Rafael Campo A. –

El secretario de la Cámara de Representantes, Jorge Uribe Márquez.

Organo Ejecutivo -Bogotá, 30 de noviembre de 1940

Publíquese y ejecútese,

EDUARDO SANTOS

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

CARLOS LLERAS RESTREPO

El Ministro de la Economía Nacional,

Miguel LÓPEZ PUMAREJO

DIARIO OFICIAL. AÑO LXXVI N. 24530. 5, DICIEMBRE, 1940. PÁG. 2.

ESTADO DE VIGENCIA: Vigente.

Subtipo: LEY ORDINARIA

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Comisión de la verdad. Lafaurie no tiene presente que él, también, volvió muy fácil -se posesionó después de las 7:00 p.m.- a FEDEGAN sin pagar por expropiación de tierras, etc.

Comisión de la verdad. Comisionada de la Verdad que DEBE ser imparcial, pero por lo visto ya tomó partida desde hace años para que los terroristas de las FARC parezcan unas monjitas de la caridad y que quienes combatieron esos asesinos en sus opiniones sean los malos del paseo

Comisión de la verdad. La primera que debe revelar su verdad es esta comisión. Instituida para ajustar la verdad a la necesidad de la guerrilla.

APUNTES SOBRE ABORTO

Aborto para qué, si hasta regalan el anticonceptivo. Pero si el legislativo lo único que hace es dormir y cuando se despierta es para ver como se pueden robar los recursos de todos, le dejan todas las decisiones difíciles a la corte por cobardía o po ignorancia para no verse involucrados. El aborto es una decisión personal de cada mujer, cómo dice alguno de sus mensajes a los hombres "no metamos las manos en sus úteros".

Aborto para qué, si hasta regalan el anticonceptivo. Los señores de la Corte no son conciencia moral, pero usted sí lo es? Y los que moralizan como usted son conciencia moral de las mujeres que parimos hijos contra viento y marea en un país cuyos dirigentes sólo ven nuestras vaginas y nuestros úteros? No sea hp!

Aborto para qué, si hasta regalan el anticonceptivo. Una columna que trata de nacer dentro de la placenta del respeto hacia La Corte y también hacia la mujer, pero sufre grave percance al atacar a aquella. Provoca su propio aborto, consciente o inconscientemente. En el fondo le falta valor civil para defender su posición sobre el asunto. Peor que aquellos que sólo leen biblia. ¡Abortó su misma columna!

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