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Planeta Colombia

martes, 11 de enero de 2011

ALFREDO BELTRÁN, CONSTITUCIONALISTA (1059)

(2011 ENERO 11 MARTES) Desde que conozco algo del funcionamiento de los Concejos Municipales de Colombia, he encontrado muchas incongruencias y una de ellas tiene que ver con el nombramiento que hacen de los Contralores y Personeros. El constitucionalista y ex presidente de la Corte Alfredo Beltrán hizo el siguiente comentario en respuesta a la pregunta de la periodista Cecilia Orozco Tascón (El Espectador 9 Enero 2011) en relación con la pérdida de investidura de los congresistas. "Dado que los congresistas son legisladores investidos popularmente, resulta antidemocrático y contrario a la carta que un funcionario (el Procurador) elegido por el Senado, pueda tener, luego, la potestad de destituir a los congresistas que a su vez eligieron a ese funcionario." Por analogía podemos considerar que al nombrar los concejos tanto al Contralor como al Personero, quedan estos últimos con un rango inferior al de quienes los nombraron. Este nombramiento debería provenir de un estamento que estuviese por encima del poder que pudiesen tener los concejales y lo más aconsejable sería que no tuviesen ningún nexo con las administraciones municipales en las cuales ejercen sus funciones, para garantizar su libertad. En otras palabras que puedan hacer control y no sean de la coalición de gobierno.

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