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sábado, 25 de septiembre de 2010

CONCEJAL ENTUTELA A ALCALDE.

(0674 2010 SEP 25 SÁBADO) Para que vean que uno entre más vive, más aprende y que este mundo es de locos, el asunto es así: Edinson Palma Jiménez, concejal del Municipio de Baranoa, el 19 Marzo 2009, le pide al alcalde Clímaco Estrada Pérez, mediante dos derechos de petición, información pertinente acerca del contrato de concesión del servicio de aseo. La respuesta no satisface al peticionario, ni a los jueces ante los cuales presenta una tutela por violación al derecho de petición y a sus derechos políticos como concejal. Al no recibir nuevamente una respuesta satisfactoria, el 22 de Mayo, el juez le da un plazo de 48 horas  al alcalde para que le responda al concejal. Quien al no recibir respuesta pide al juez iniciar el incidente de desacato. El alcalde dejó correr todos los términos y responde que la documentación solicitada no está en su despacho. El juez impone una sanción de 3 días de arresto en las oficinas del DAS y una multa por tres salarios mínimos y compulsa copias a Fiscalía y Procuraduría por la presunta comisión del delito de fraude a resolución judicial y faltas disciplinarias por desatención a los derechos de petición y por incurrir en un delito. El alcalde solicitó $150.000 para efectos de copiado, en ésta época en donde el uso del papel está descartado para todo lo que es copiado, porque los documentos solicitados deberían estar en la página de Internet de esa alcaldía. Los documentos a todas luces son públicos. No deja de llamar la atención que el alcalde sea tan reacio a entregar la información, que perfectamente había podido enviar al correo electrónico del concejal. Que tal que los concejales sean de la cuerda del alcalde o no, tengan que recurrir a derechos de petición o tutelas. Medio feudal la cosa. 

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