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lunes, 21 de enero de 2013

CONCEJO CULPABLE (EN 21 07)

<(2013 ENERO 21 LUNES)>Forista comenta noticia (EP): “Conozca cómo será el alza del impuesto predial en Cali para el 2013”, así: “El concejo municipal y la alcaldía si si si son culpables del meteórico incremento del impuesto predial unificado según la ley 1450 de 2011 el concejo puede aplicar la tarifa diferencial mínima y la base gravable o sea el avalúo catastral puede ser el 60% del avaluó comercial. Si el concejo y la alcaldía dentro de sus facultades aplicaran estos dos factores el impuesto predial no sería tan desproporcionado ni tan alto ; por otro lado según el articulo 117 de la resolución 2555/88 y el artículo 8 de la ley 44/90 el concejo puede solicitar fundamentadamente condiciones especiales económicas y sociales que están afectando al municipio de cali para reducir al 70% el porcentaje del ajuste anual de la inflación o para reducir al 70 % el incremento del indice nacional promedio de precios al consumidor decretado por el gobierno nacional para el caso del avalúo catastral.

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