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miércoles, 25 de abril de 2012

ESCINDIR UN PARTIDO (6023)

(2012 ABRIL 25 MIÉRCOLES)  Permitir la doble militancia en las elecciones le plantean políticos al Gobierno, basados en que la Constitución Nacional no lo prohíbe y a un fallo del Concejo de Estado que dijo que la doble militancia, no era causal de pérdida de investidura. "Por eso mantienen su decisión de incluir en el debate del Código Electoral un artículo en el que se plantea la posibilidad de escindir (dividir) el partido, alternativa que podrá ser propuesta “por el 30% de los miembros de la bancada del Senado o la Cámara, elegidos con el aval del partido o movimiento político a escindir y se solicitará ante el Consejo Nacional Electoral, que se pronunciará dentro de los ochos días siguientes a la presentación de la solicitud”.

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