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sábado, 14 de enero de 2012

REGLAMENTOS OTROS CONCEJOS (4807)

(2012 ENERO 14 SÁBADO) En varios paises de América los concejales tienen la facultad de contratar consultores esporádicos, algo así como unidades de apoyo pero para materias específicas y no permanentes. Estos asesores figuran en las llamadas Cartas Orgánicas (reglamento) que se elaboran y actualizan permanentemente atendiendo a las sugerencias de los ciudadanos, con los que se hacen foros en los barrios con tal fin. Lo acordado con la comunidad es discutido en varias sesiones plenarias del concejo No es como en Colombia donde cada concejo  elabora su propio reglamento. Hay normas muy estrictas en cuanto al nombramiento de dignatarios que obedecen a parámetros preestablecidos, tambien toca la composición de comisiones de trabajo y las normas para cuando se requiera de asesores temporales, que son contratados por la institución. A través del reglamento, se determinará  quiénes van a dirigir y cómo se van a organizar las comisiones de trabajo, así como la contratación de consultores. En fecha predeterminada cada año se abre un período en el cual la ciudadanía propone las actualizaciones; con esto se evita que el reglamento sea redactado según las necesidades particulares de cada uno de los concejales.

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