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miércoles, 23 de febrero de 2011

RENDICIÓN DE CUENTAS (1292)

(2011 FEBRERO 23 MIÉRCOLES) El Acuerdo 001 del 2009 en Barranquilla estableció que el Alcalde debe rendir cuentas de su administración sobre el año pasado. Y esta rendición debe ser pública y no puede pasar del mes de febrero. Estas rendiciones de cuentas, de cuyo nombre no estoy de acuerdo y que por ahí tiene otro más rimbombante "Informe anual de rendición de cuentas públicas.", es generalmente aceptado que las cuentas tienen relación con los números y los alcaldes deben rendir, programa de trabajo prometido en campaña, en mano, su informe para poder comparar lo prometido con lo realizado. Analizar a profundidad los éxitos, pero con más rigor y sin disculpas los fracasos. Sobre los fracasos nadie hace evaluaciones y menos se dice porqué se fracasó. En referencia al programa de trabajo del alcalde RAÚL ALFREDO ARBOLEDA MÁRQUEZ, podemos decir que su agenda de trabajo para sus cuatro años de administración, tenía muchos puntos, tal vez demasiados. En últimas, esta rendición de cuentas debe ser a personas que conozcan de la administración de los municipios, veedurías y sociedad civil que no estén comprometidas con los entes municipales.

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