VEREDA LA CASCADA DE PALMIRA (14 OCT 2021)
Fidel Arias Mancera. En punto de opinión, se quejaban de que en la Vereda la Cascada de palmira, la CV C, les estaba cobrando $ 1.800.000, semestralmente o sea 3.600.000, anuales, siendo ellos propietarios del acueducto, pero entiendo que la CVC, no les cobra por ser dueños del sistema de acueducto, sino por el uso del agua, del que trata el articulo 43. de la ley 99 de 1993. Artículo 43,.- Reglamentado por el Decreto Nacional 155 de 2004. TASAS POR UTILIZACION DE AGUAS.
La utilización de aguas por personas naturales jurídicas, públicas o privadas, dará lugar al cobro de tasas fijadas por el Gobierno Nacional que se destinarán al pago de los gastos de protección y renovación de los recursos hidricos, ...
Pero como parece excesivo este cobro por ser una Vereda, seria bueno que se quejarán ante laCVC, con el fin de que demuestren la razón de semejante cobro , que además, el articulo subsiguiente o sea el 44 de la misma ley ellos pagan una sobre tasa ambiental sobre el predio a la CVC.
PROCESO DE PAZ 2012-2021. Pide lista de las víctimas de los falsos positivos y se la niegan. de acuerdo con la cabal, no son falsos positivos sino crímenes de estado cometidos en los gobiernos de uribe.
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