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miércoles, 21 de noviembre de 2012

CONGRESISTA ASALARIADO ()

(2012 NOVIEMBRE 21 MIÉRCOLES) Forista comenta noticia Los siete narcos que rodean los bienes de Dilian Francisca Toro: “Ojalá esta ley fuera para colombia. Esta es una Ley que debería ser considerada y aplicada en nuestro país. Ley de Reforma del Congreso . 1. El congresita será asalariado solamente durante su mandato. y tendrá jubilación proveniente solamente por el mandato. 2. El congresita contribuirá a la Seguridad Social. Todo el mundo (pasado, presente y futuro) actualmente el fondo de jubilación del Congreso pasará al régimen vigente de la Seguridad Social inmediatamente. El congresita participará de los beneficios dentro del régimen de la Seguridad Social exactamente como todos los demás ciudadanos. El fondo de jubilación no puede ser usado para ninguna otra finalidad. 3. El congresita debe pagar su plan de jubilación, como todos los colombianos. (El Tiempo 20120723)

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